miércoles, 2 de diciembre de 2009

cambios fiscales para la compra y el alquiler de vivienda

el gobierno ha aprobado el ANTEPROYECTO DE LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE, que afecta en varios aspectos a la vivienda

1) Deducción por compra de vivienda habitual

- Tal y como anunció el Presidente del Gobierno en el último Debate sobre el Estado de la Nación, a partir de enero de 2011 se modifica la deducción por adquisición de vivienda habitual, limitándola a las rentas inferiores a 24.107,20 euros

- Cuando la base imponible sea inferior a los 17.707,20 euros, se mantiene la situación actual, lo que permite una deducción en cuota del 15% de las cantidades pagadas en un año, con un límite de 9.040 euros al año

- Entre los 17.707,20 y los 24.107,20 euros de base imponible se aplicará una reducción gradual de forma lineal

- Los contribuyentes que adquirieran su vivienda habitual antes del 31 de diciembre de 2010 podrán continuar con las deducciones del sistema actual.

2) Equiparación fiscal del alquiler y compra de vivienda

La equiparación fiscal de la deducción por alquiler respecto de la deducción por compra de vivienda es otra de las medidas que se anunció durante el Debate del Estado de la Nación y que se han incorporado a la Ley de Economía Sostenible. hasta ahora, el arrendatario se podía deducir el 10,05% de los pagos de alquiler hasta un máximo de 9.040 euros anuales si su renta es inferior a 12.000 euros

- A partir del 1 de enero de 2011, este límite de 12.000 euros pasará a ser de 17.707,20 euros

- Entre 17.707,20 y 24.107,20 euros se reducirá gradualmente la base de la deducción, y los contribuyentes con bases imponibles superiores a 24.107,20 euros no podrán aplicarse la deducción

3) cambios para los propietarios que alquilen su vivienda

Por otra parte, para impulsar el alquiler, también a partir de 2011 se mejorará el tratamiento fiscal de las rentas obtenidas por los arrendadores de inmuebles

- se incrementándose del 50% al 60% el porcentaje de reducción en la declaración de la renta

- en cambio, se reduce de 35 a 30 años la edad del arrendatario a efectos de la exención del 100% de las rentas de alquiler

Es decir, si hasta ahora se puede aplicar esta exención cuando se alquila a menores de 35 años, desde el 1 de enero de 2011, se aplicará a los alquileres a menores de 30 años, aunque aquellos propietarios que alquilen a un menor de 35 años antes del 31 de diciembre de 2010, conservarán la exención del 100% hasta que cumplan los 35 años

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