viernes, 6 de noviembre de 2009

Aprobada la Ley de Medidas Liberalizadoras y de apoyo a la empresa madrileña

La nueva Ley de Medidas Liberalizadoras y de Apoyo a la Empresa Madrileña ha sido aprobada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad, que también ha autorizado su remisión a la Asamblea de Madrid para su debate, después de que el Consejo Económico y Social de la Comunidad de Madrid -CES- lo haya valorado "muy positivamente".

El CES ha asegurado que estas medidas son las "adecuadas para estimular la actividad económica y el empleo, lo que resulta especialmente necesario en estos tiempos de crisis económica". El nuevo texto incorpora reformas administrativas para impulsar la creación de riqueza en la región con nuevos empleos, negocios e inversiones. Con él, la Comunidad prevé impulsar la creación de más de 20.000 empleos y un crecimiento adicional anual de la economía madrileña en 6 décimas del PIB. Los efectos económicos supondrán el aumento adicional de la riqueza por madrileño, el PIB per cápita, en 190 euros.

A través de esta Ley, el Gobierno regional introduce una serie de medidas liberalizadoras, simplifica los trámites administrativos con la modificación de más de 50 procedimientos de la administración y agiliza el proceso para la creación de nuevas empresas en sectores claves para el desarrollo de la región. Además, esta norma, que da cumplimiento a la Directiva de Servicios europea, moderniza la Administración regional y mejora la calidad de los servicios que ésta presta, ya que conlleva la supresión o modificación de más de 70 normas autonómicas.

Comercio, hostelería y turismo

La nueva ley facilitará la creación de nuevos centros comerciales y la ampliación de los existentes, mediante la supresión de la segunda licencia, hasta ahora necesaria, de la Administración autonómica, sustituyéndola por una comunicación una vez otorgada por el Ayuntamiento la licencia municipal. Con esta iniciativa, se reducen costes a las empresas comerciales y se elimina la tasa actual de 1.933 euros.

Por otra parte, se suprime la distancia mínima de 10 kilómetros entre áreas de servicio de carretera y se permite ofrecer servicios de hostelería y hospedaje en áreas de servicio situadas cerca de los núcleos de población, prohibido hasta ahora. Esta ley fomentará la puesta en marcha de nuevos establecimientos hoteleros y de restauración al suprimir las autorizaciones de clasificación necesarias en la actualidad por una comunicación o una declaración responsable, ahorrándose trámites de hasta seis meses de duración.

En relación con las agencias de viajes se elimina el requisito de estar en posesión del título-licencia para el ejercicio de la actividad y se sustituye por una declaración responsable. Además, los restaurantes o bares de los hoteles podrán realizar reformas para disponer de acceso directo desde la calle y podrán instalar también terrazas.



Industria y colegios profesionales

Desde el punto de vista industrial, conllevará una simplificación en los trámites administrativos que se pedían a los trabajadores de los servicios industriales y energéticos. Estos trabajadores podrán empezar su negocio de forma automática, al sustituirse el permiso de actividad de la Comunidad por una sencilla comunicación, un trámite que duraba hasta tres meses.

También se suprimirá la autorización de instaladores y mantenedores de actividades industriales por una declaración responsable y se eliminará la obligación de que empresas procedentes de otras regiones se inscriban en un registro específico, que debía actualizarse cada cuatro años.

Entre otras novedades, la nueva norma permitirá la creación de colegios profesionales de adscripción voluntaria. Esto implica que un ciudadano podrá inscribirse en un colegio profesional de forma voluntaria, sin estar obligado a ello para el ejercicio de su profesión. Serán consideradas profesiones colegiadas las que cuentan con titulación oficial y no sólo las que se establecen por reconocimiento legal -sólo se aplicará a los colegios de nueva creación-.

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