miércoles, 5 de agosto de 2009

PAN PARA HOY, HAMBRE PARA MAÑANA

El Consejo de Ministros aprobó ayer la modificación del reglamento de planes y fondos de pensiones para que los desempleados -incluidos los autónomos- que no cuenten con ninguna prestación, bien por haberla agotado o por no tener derecho a ella, puedan rescatarlos inmediatamente.
Actualmente, el citado reglamento establece que para que un parado, partícipe del fondo de pensiones, pueda rescatarlo, tiene que estar un periodo mínino de 12 meses en situación legal de desempleo, además de hallarse inscrito como demandante de empleo y no tener derecho o haber agotado la prestación contributiva de desempleo. El autónomo que cese en su actividad y se inscriba como demandante de empleo también podrá percibir el plan sin esperar ese periodo.

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